Estándares de sistemas FV para instalación
Para realizar instalaciones de sistemas fotovoltaicos (FV) es necesario tener conocimientos de electricidad y del funcionamiento de los componentes, sin embargo, también es necesario conocer las regulaciones, estándares y normas que rigen la instalación de sistemas FV.
Esto debido a que los sistemas FV operan con grandes tensiones y corrientes, lo que puede convertirse en un peligro si no es debidamente instalado. A continuación se presenta un panorama general de los documentos y estándares que intervienen en la instalación de sistemas FV.
Ley de la industria eléctrica
En México la ley de la industria eléctrica es la encargada de la regulación del Sistema eléctrico nacional, el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica y las demás actividades de la industria eléctrica [1]. Esto mediante la planeación y control de estas organizaciones.
NOM 001 SEDE
Con base a la ley de industria eléctrica existe la norma oficial mexicana NOM 001 SEDE (2012 y 2018). Esta tiene como objetivo describir los requerimientos específicos de carácter técnico que deben cumplir las instalaciones destinadas a la utilización de la energía eléctrica, con el fin de proporcionar un ambiente seguro para las personas y sus propiedades. La seguridad cubre los fenómenos de protección ante descargas eléctricas, efectos térmicos, sobrecorrientes, corrientes de falla y sobretensiones [2]. En otras palabras, las NOM establecen los protocolos de seguridad requeridos que avalen las instalaciones eléctricas.
CFE-G0100-04
Si se desea instalar un sistema interconectado, también es necesario conocer los requisitos y especificaciones de la comisión federal de electricidad. Este documento es el manual de interconexión a la red eléctrica de baja tensión de sistemas fotovoltaicos con capacidad hasta 30kW. Este tiene el objetivo de velar por la seguridad del personal y usuarios de CFE, así como la calidad de la electricidad en la red y su integridad física y operacional [3].
Estándares de competencia
Los estándares de competencia el conjunto de conocimientos, capacidades, destrezas y prácticas que requiere una persona para desempeñar actividades con un alto nivel. Para comprobar que una persona ha adquirido los conocimientos tanto teóricos como prácticos relacionados a este estándar, existen certificaciones.
Los estándares para la instalación de sistemas FV se basan en la NOM 001 SEDE y en CFE-G0100-04 principalmente para poder cumplir con lo que se estipula en ellos y garantizar la seguridad de las instalaciones. Además de estos documentos, también se basan en la NOM-009-STPS-2011, NOM-029-STPS-2011, NOM-017-STPS-2008, NOM-006-STPS-2014, NOM-015-STPS, en la especificación técnica para sistemas fotovoltaicos conectados a la red eléctrica asociados a proyectos productivos agropecuarios, NMX-J-136-ANCE-2007, manual de interconexión de centrales de generación con capacidad menor a 0.5mW de la SENER, NMX-J-691-ANCE-2014 y en la guia de instalación NABCEP.
Para ello existen dos estándares de competencia (EC) que incluyen la instalación y la supervisión de estos sistemas. El EC0586 atiende a las competencias de instalación de sistemas FV en residencia, comercio e industria, mientras que el EC1181 se enfoca en las competencias para supervisión de sistemas FV en residencia, comercio e industria.
EC0586
Este estándar de competencia cubre los requerimientos para la instalación de sistemas fotovoltaicos interconectados (SFVI), se cataloga como un estàndar de competencia nivel 2 en el sistema nacional de competencias, donde se realizan actividades rutinarias y predecibles y se tiene dependencia de un superior [4].
La evaluación tiene una duraciòn estimada de 2 horas en gabinete y mínimo 6 horas en campo y los elementos que la conforman son:
- Verificación de las condiciones para la instalación del Sistema SFVI.
- Instalación de los componentes mecánicos y eléctricos del SFVI.
- Conexión de los componentes eléctricos del SFVI.
- Puesta en marcha del SFVI.
EC1181
Este estándar de competencia cubre los requerimientos para la supervisión de la instalación de sistemas fotovoltaicos interconectados a la red eléctrica (SFVI). Este estándar de competencia se encuentra en el nivel 3 del sistema nacional de competencias ya que además de realizar actividades programadas, también se realizan actividades no previstas. Este estándar avala la capacidad de supervisar y orientar a trabajadores de un nivel jerárquico menor, como lo podría ser un instalador.
Al igual que el estándar 0586 esta evaluación tiene una duración aproximada de 8 horas (6 en campo y 2 en gabinete). Los elementos que conforman este EC son:
- Solicitud de la documentación técnica y de diseño mecánico-eléctrico.
- Supervisión de la instalación mecánica del sistema fotovoltaico.
- Supervisión de la instalación eléctrica del sistema fotovoltaico.
- Preparación de la entrega del proyecto.
Como se puede observar, los estándares de competencia apuntan a diferentes roles (instalación y supervisión), ambos esenciales para la correcta instalación de sistemas FV y contienen los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para esta.
Referencias
[1]. Ley de la industria eléctrica
[2]. NOM001 SEDE 2012
[3]. CFE-G0100-04
[4]. Estàndar de compentencia EC0586
[5]. Estàndar de compentencia EC1181