Requisitos por la CFE para interconexión de sistemas FV a la red eléctrica.
Interconexión de un sistema solar a la red eléctrica: Consiste en instalar un sistema solar fotovoltaico para inyectar la energía producida a la red eléctrica CFE y amortizar la factura. Esto se hace con un inversor de interconexión especializado que se sincroniza con la red eléctrica, la misma frecuencia al mismo voltaje permite inyectarle la energía que estamos generando a la red eléctrica. Únicamente esto se puede realizar en horas de sol pico (horas de aprovechamiento del sol).
Medidor Bidireccional: Es un dispositivo que mide el consumo que se tiene de la red eléctrica y también lo que la fuente de energía renovable genera. Cuando se realiza un contrato de interconexión nos van a poner un medidor especializado, un medidor bidireccional. La energía que nosotros tomamos de la red eléctrica la contabiliza nuestro medidor así como los kW que nosotros inyectamos.
Es de suma importancia hacer un contrato de interconexión con CFE para evitar que el medidor cargue en nuestro recibo lo que generamos en nuestro sistema FV. Sin contrato de interconexión y estamos consumiendo 20 KWh y generamos 10 KWh y lo inyectamos a la red, CFE nos va a cobrar 30KWh. Pueden existir multas por no hacer un contrato de interconexión. También es importante saber que el contrato de interconexión se hace una vez realizada toda la instalación FV.
Interconexión en pequeña escala: Las instalaciones deben cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas y con las especificaciones con CFE, y que la potencia de la fuente no sea mayor de 30 kWp si se instaló en un domicilio o de 50 kWp si se instaló en un negocio, en la industria no mayor de 500 kWp.
Documentación necesaria para la realización de un trámite de interconexión:
- Registro como asesor o proveedor de sistemas de generación eléctrica ante CFE (INE original y copia, datos fiscales, presentarse ante un asesor de CFE en cualquier sucursal, el trámite es gratuito)
- Formato 2
- Carta poder del cliente de donde autoriza al asesor a realizar los trámites.
- Copia de credencial del INE
- Copia de credencial del cliente quien solicita la interconexión.
- Copia de recibo de luz del cliente.
- Documento con datos técnicos y manuales de las celdas fotovoltaicas e inversor.
- Certificado de calidad del inversor ya sea nacional o internacional con validez en México.
- Certificado de calidad de los módulos fotovoltaicos.
- Diagrama de conexión de las celdas con los inversores.
- Fotografías del sistema generador ya instalado.
Cuando se realiza un contrato de media tensión, se tiene que contratar una Unidad Verificadora, la cual nos evalúa la instalación y esto tiene un costo extra, ya que son empresas privadas que realizan este servicio. Según el Diario Oficial de la Federación si es un lugar que se considera público (escuelas, parques, iglesias), también es necesario contratar una Unidad Verificadora.
Fuentes:
https://www.cfe.mx/Casa/InformacionCliente/Pages/Contrataci%C3%B3n-de-servicios-Fotovoltaicos.aspx
2 Responses
[…] solar, el artículo 690 se refiere a las normas y disposiciones que se deben tomar en cuenta en los sistemas solares fotovoltaicos. Dicho artículo comienza por definir el alcance de la norma, que abarca cada componente de un […]
[…] la zona y el nivel de tensión, siendo representados por la Comisión Federal de Electricidad (CFE). […]
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